bookmark_borderConfirmada la condena a Google en Bélgica

googleEl Tribunal de Primera Instancia de Bruselas ha confirmado la condena a Google de septiembre de 2.006. Ahora debe retirar de su sitio los artículos de los editores cuyos intereses defendía Copiepresse, so pena de pagar 1 millón de euros de multa diaria, y publicar la condena en www.google.be

Google alegó que el servicio sólo es un servicio de búsqueda, y se intentó amparar en el derecho de cita y la excepción relativa a trabajos sobre temas de actualidad.

El Tribunal rechazó los argumentos definiendo al servicio Google Actualités como un portal de información. Queda probado en la sentencia que los robots de Google efectúan una copia de cada página que examinan para indexarla y la almacenan en los servidores del buscador. Así que pueden consultarse los artículos cuando ya no están disponibles en el sitio original, o incluso cuando han sido modificados. Cuando un navegante consulta el servicio Google Actualités belga tiene acceso no a un resumen de prensa, sino a una base de datos confeccionada con las copias de los artículos.

No procede aplicar la excepción del derecho de cita, ya que no se utiliza un simple hipervínculo al sitio original, a la obra protegida (no sería reproducción). La mera yuxtaposición de fragmentos de artículos no es una cita, y la sustancia de la existencia de Google Actualités es contraria a esa figura jurídica cuya finalidad es ilustrar un propósito y defender una opinión, entre otras.

Tampoco constituye un trabajo sobre temas de actualidad porque se limita a reproducir los artículos reagrupados por tema. En este caso las obras protegidas habrían de ser accesorias del reportaje, no su objeto principal como en realidad ocurre.

Al constituir ese almacenamiento de artículos una reproducción no autorizada es necesario solicitar el permiso pertinente para publicar los artículos y abonar la contraprestación correspondiente.

¿Qué ocurrirá en otros países de la vieja Europa, donde todo el sistema de protección de la propiedad intelectual es homogéneo?¿Seguirán el ejemplo belga las gestoras de derechos?

bookmark_borderEstudio sobre calidad de datos

dianaSe ha publicado el I Estudio sobre Calidad de Datos en la Empresa Española, realizado por Schober PDM Iberia y ESIC Business & Marketing School. Pretende dar a conocer el nivel de atención que se otorga a datos e información como factor clave en la estrategia de las empresas que realizan un marketing orientado al cliente.

La toma en consideración de la calidad de los datos es un paso más allá en la gestión de éstos, ya que hasta ahora las empresas se habían centrado en las herramientas que utilizaban para tratarlos.

Es otro de los argumentos por los que la LOPD es beneficiosa para las empresas al obligar al mantenimiento diligente de los datos personales. Así en el informe se menciona que el 78% de las empresas piensa que la falta de calidad de datos podría afectar a la capacidad de la empresa para cumplir con los aspectos legales referentes a datos personales.

Afirmaciones interesantes del estudio:

– el coste o amenaza procedente de los datos e información de mala calidad puede representar entre el 10 y un 25% de los ingresos de las empresas;

– la mala calidad de los datos provoca un 75% de pérdida de eficacia en las acciones de marketing;

– la introducción de datos manual por los empleados está considerada como la mayor causa de error en la información;

– para mejorar la calidad de los datos se suele recurrir a contratar a empresas externas en la mayoría de las ocasiones;

Como conclusión fundamental, señalar que con un sistema de calidad de datos implantado por una empresa experta se mejorará el funcionamiento de todos los departamentos, y sobre todo, la cuenta de resultados.