bookmark_borderThe future of reputation: gossip, rumor and privacy on the internet

TheFutureOfReputation

He terminado de leer el libro titulado The future of reputation: gossip, rumor and privacy on the internet, del profesor Daniel J. Solove, de la Facultad de Derecho de la Universidad George Washington.

A lo largo del libro podemos comprobar el enfoque norteamericano de la privacidad enfrentada a la libertad de expresión en el entorno de internet (blogs, videos on-line, foros…). Su lectura se hace bastante amena porque da ejemplos reales tomados de la actividad cotidiana.

El uso de Internet en la población de Estados Unidos está muchísimo más extendido que en España, y nos vamos a ir encontrando los mismos problemas por los que ellos ya han pasado. Por eso considero conveniente y necesario mirar al otro lado del Atlántico.

bookmark_borderThe Host (2ª Parte)

HostEs obvio que no voy a dar los nombres de las empresas a las que envié el correo electrónico, pero os invito a hacer unas pruebas y veréis cómo obtenéis unos resultados parecidos.

Normalmente los proveedores o no tienen ni la más absoluta idea del riesgo que también están asumiendo, o los que la tienen no firman ni ofrecen firmar contrato alguno porque piensan que de este modo quedan fuera de toda responsabilidad.

En el primer correo electrónico la empresa ni siquiera sabe lo que se le está preguntando:

Buenos días,Estamos trabajando para incrementar esta opción en nuestros servicios. No obstante, de momento no podemos aplicar un contrato firmado.Agradeciendo su comprensión, reciba un cordial saludo.

Bueno, pues nada. Agradezco yo también su comprensión, pero estos quedarían fuera de mercado en un breve plazo de tiempo si las empresas exigieran el cumplimiento de la LOPD a sus proveedores.

Veamos el segundo, que respondió a los tres días:

Estimado clienteNo firmamos el contrato físicamente, pero antes de poder realizar la contratación del servicio se debe aceptar el contrato (paso obligatorio) que tiene validez legal.Por supuesto puede imprimir ese contrato para guardar una copia.Reciba un cordial saludo

Claro, faltaba más, que no tuviera validez legal. El contrato al que se refiere el operador, y que se podía consultar en su página web, ni tan siquiera hace mención a la LOPD. Es más, la empresa no tiene ni un fichero registrado en el Registro General de Protección de Datos.

El tercero mejora un poquito, quizá porque lleva dando servicios más tiempo, pero sigue fuera de juego:

Estimado cliente:Entendemos tu preocupación ante la necesidad de cumplir con todas las exigencias a las que debe obedecer en virtud de la Legislación sobre Protección de Datos de Carácter Personal. Por ello desde (<empresa>) queremos tranquilizarle informándole de que hemos incluido en cada uno de nuestros contratos una cláusula específica de confidencialidad y protección de datos, y nos comprometemos mediante el presente escrito a cumplir con lo expuesto sobre protección de datos en nuestra página web (<url omitida>), cumpliendo estrictamente de este modo con las exigencias de la LOPD, y evitando el que tengamos que formalizar contigo otros contratos adicionales en cumplimiento de la normativa de protección de datos.Estamos a tu disposición para cualquier consulta o aclaración al respecto.

Bueno. Me remiten a una cláusula que simplemente cumple con el artículo 5, cumpliendo con el deber de información. Estos al menos tienen los ficheros declarados al RGPD. Pero eso de que “evitan” que tengamos que firmar otros contratos adicionales…

Dejamos para mañana la mejor respuesta con diferencia…